Asesoria Solutio Asesoria Solutio
  • Inicio
  • Nosotros
  • Áreas de Practica
  • Clientes
  • Cargar CV
  • Contacto
Asesoria Solutio Asesoria Solutio
  • Inicio
  • Nosotros
  • Áreas de Practica
  • Clientes
  • Cargar CV
  • Contacto
Abr 06

DNU 320/2020: CONGELAMIENTO DE ALQUILERES Y SUSPENSIÓN DE DESALOJOS.

El día 29 de marzo se estableció por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 320/2020 (“DNU 320/2020”), nuevas regulaciones en materia de alquileres. El mentado DNU opera en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 260/20, y su modificatorio, emitidos en consecuencia de los efectos de la pandemia desatada a nivel mundial por el denominado “Covid-19”. Las medidas establecidas en el DNU 320/2020 permanecerán vigentes, en principio, hasta el día 30 de septiembre de 2020 y son de aplicación dentro de todo el territorio nacional. Concretamente se establece el congelamiento de alquileres, prórroga de los plazos contractuales y suspensión de desalojos, respecto a ciertas locaciones que enumera en su art. 9º.

Resumen de los aspectos principales del DNU 320/2020

  1. Contratos locativos comprendidos
  2. Inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural.
  3. Habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.
  4. Inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias.
  5. Inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.
  6. Inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
  7. Inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
  8. Inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N°24.467 y modificatorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
  9. Inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).
  • Contratos excluidos
  • Contratos de arrendamiento y aparcería rurales (salvo sobre inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias)
  • Contrato de locación con destino diplomático, turístico, de guarda de cosas, para exposiciones y ofertas en predios feriales y para el cumplimiento de finalidad determinada.
  • Hasta el 30 de septiembre de 2020:
  • Quedan suspendidos los desalojos por falta de pago de locatarios, sublocatarios, continuadores en los términos del art. 1190 CCyC (los que hubieren habitado y recibido del locatario ostensible trato familiar durante el año previo al abandono del inmueble o fallecimiento del locatario) y sucesores por causa de muerte (art. 2º).
  • Se prorroga la vigencia de los contratos locativos, con la conformidad del locatario, que hubieren vencido a partir del 20 de marzo de 2020 (art. 3º).
  • Se congelan los montos de los alquileres, no de los demás accesorios que lo integran (conf. art. 1208 CCyC) al valor de marzo de 2020 (art. 4º).
  • La deuda por diferencia de monto del alquiler entre lo que el locatario debía pagar y lo que efectivamente pague por el congelamiento, se abonará en un mínimo de 3 y un máximo de 6 cuotas mensuales sin intereses, a pagar desde octubre 2020 (art. 6º).
  • Las deudas que se generen por falta de pago total o parcial de alquileres y accesorios, se pagarán a partir de octubre en un mínimo de 3 y un máximo de 6 cuotas, con intereses compensatorios (plazo fijo Bco. Nación), pero sin penalidades (art. 7º).
  • Se prorrogan las fianzas y otras garantías —seguros de caución— (arts. 3º, 5º, 6º y 7º).
  • Se establece la mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia, por controversias entre las partes (art. 12).
  • Excepción por vulnerabilidad del locador:

Quedará excluido del congelamiento de precios de alquileres el locador que dependa del canon convenido en el contrato de locación para cubrir sus necesidades básicas o las de su grupo familiar primario y conviviente.

En caso de tener alguna duda o necesitar alguna aclaración no deje de contactarse con nuestro Estudio.

Estudio Jurídico Solutio

Publicaciones recientes

  • Decisión Administrativa 450/2020: Se amplía el listado de actividades y servicios declarados esenciales.
  • COVID-19 como enfermedad profesional
  • DNU 320/2020: CONGELAMIENTO DE ALQUILERES Y SUSPENSIÓN DE DESALOJOS.
  • Prohibición de Despidos y Suspensiones.
  • La Importancia de los contratos
SOLUTIO © 2018 Todos los derechos reservados · By Estudio Poligono